Acciones de PI
en Panamá 

Este país protege la propiedad intelectual con normas nacionales, tratados internacionales y acciones legales de carácter civil, administrativo y penal.

Normas

Convenio Centroamericano 

Ley de Propiedad Industrial 

Ley de Derechos
de Autor 

Convención
de Berna
 

Convención
de Paris
 

Acuerdo sobre
ADPIC
 

Infracciones y acciones administrativas

Nulidad:

Esta acción busca que se anule el registro de uno de los derechos de propiedad industrial. Se presenta ante la jurisdicción contencioso-administrativa. 

Recurso de reconsideración:

Las resoluciones que emita la DIGERPI admitirán este recurso. Se cuenta con un término de 10 días desde que se notifica la resolución para que la Dirección reconsidere la decisión tomada. La decisión sobre este recurso la tomará la DIGERPI.

Recurso de apelación:

Este recurso procede contra las resoluciones de la DIGERPI. Se cuenta con 10 días desde la debida notificación de la resolución. Una vez presentada la apelación, la DIGERPI enviara el expediente al Ministerio de Comercio e Industria para resolverlo. 

Proceso por uso indebido de los derechos de propiedad industrial (Denuncia Administrativa):

En los casos que se le un uso indebido a algún derecho de propiedad industrial, se podrá solicitar que se cese estas conductas. La norma de propiedad industrial tiene previstas unas multas que varían de acuerdo con la gravedad de los actos. Adicionalmente, se puede aplicar una sanción para la suspensión del derecho a ejercer el comercio o la cancelación del permiso de operación. En los casos de reincidencia, las últimas dos sanciones podrán ser impuestas por un año

Proceso por uso indebido de los derechos de autor y derechos conexos (Denuncia administrativa):

Sin perjuicio de las acciones civiles y penales que se pueden presentar, los titulares de los derechos de autor y derechos conexos podrán solicitar ante la Dirección General de Derecho de Autor una sanción administrativa para los infractores de sus derechos. Las multas van desde los 1,000 dólares hasta los 20,000.

Acción por infracción:

Se presentará ante la jurisdicción civil por el titular de los derechos contra cualquier persona que le haya infringido sus derechos. Mediante esta acción se podrá solicitar la cesación de los actos que infrinjan el derecho, las medidas necesarias para prevenir que se repitan y la indemnización de daños y perjuicios. El cálculo de la indemnización se hará a partir de:

  • Los beneficios que hubiese obtenido el titular de no haber ocurrido la infracción.
  • Los beneficios que obtuvo el infractor como resultado de la infracción.
  • El precio que hubiese tenido que pagar el infractor en el caso que se hubiese pagado una licencia contractual.

    Esta acción prescribirá a los seis años contados a partir de la última vez que se realizó la acción infractora. Para el caso de los derechos de autor, la acción prescribirá a los siete años contados desde la fecha que se pudo ejercer la acción

Oposición a las solicitudes de registro:

A partir del día siguiente a la publicación de la solicitud del registro de una marca de la Ley de Propiedad Industrial, cualquier interesado contará con dos meses para presentar oposición al registro de una marca.

Delitos

number one

Este capítulo cuenta con tres secciones:

  • Delitos contra el derecho de autor y derechos conexos.
  • Delitos contra la propiedad industrial.
  • Delitos contra los derechos colectivos de los pueblos indígenas y sus conocimientos tradicionales.
  • Disposiciones comunes.

Se establecen penas privativas de la libertad y sanciones económicas a partir de días-multa. Las penas de prisión se podrán elevar hasta seis años, mientras que la multa tiene un tope de 400 días-multa. El concepto de días-multa corresponde al ingreso promedio diario del condenado. 

Infracciones por Competencia Desleal

Acción de competencia desleal:

Toda persona que se vea afectada por los actos de competencia desleal previstos, podrá iniciar una acción civil para solicitar la suspensión de los actos y solicitar la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. 

Instituciones que administran derechos de la Propiedad Intelectual 

Comentarios

Entre los delitos contra la propiedad intelectual que se encuentran en el Código Penal de Panamá, no solo se incluyen protección para los derechos de autor y la propiedad industrial, pero además se prevé una protección para los Pueblos Indígenas y sus conocimientos tradicionales. De los países investigados ha sido el único que les entrega esta clasificación a los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas.  

Entre los delitos contra la propiedad intelectual que se encuentran en el Código Penal de Panamá, no solo se incluyen protección para los derechos de autor y la propiedad industrial, pero además se prevé una protección para los Pueblos Indígenas y sus conocimientos tradicionales. De los países investigados ha sido el único que les entrega esta clasificación a los conocimientos tradicionales de los Pueblos Indígenas.