Acciones de PI
en México

México cuenta con leyes federales tanto para la Propiedad Industrial y los Derechos de Autor. Además, cuenta con acciones administrativas, penales y civiles para la protección de estos derechos.

Normas

Infracciones y acciones administrativas

Declaración administrativa de infracción:

El titular de un derecho de Propiedad Industrial podrá iniciar un proceso para sancionar a un infractor que haga un uso indebido de una patente, registro de modelo de utilidad, diseño industrial, esquema de trazado de circuitos integrados, marca, aviso comercial, nombre comercial, denominación de origen o acciones de competencia desleal relacionadas a las figuras mencionadas. Las infracciones prescriben a los dos años contados desde la fecha que se tuvo conocimiento de la infracción o cinco años contado a partir de que se cometió la infracción por última vez. 

Declaración administrativa de infracción de derechos de autor:

El titular de un derecho de autor o derecho conexo podrá iniciar un proceso para sancionar a un infractor que haga un uso indebido de los derechos ostentados por el reclamante. Se debe hacer una distinción entre las infracciones de derechos de autor e infracción en materia de comercio. La primera, hace referencia a los derechos morales, mientras que la segunda protege a los derechos patrimoniales. 

Acción de Oposición:

Mediante esta acción, cualquier tercero podrá oponerse a la solicitud de registro de una marca al considerar que esta incurre en alguno de los supuestos que se encuentran en el artículo 12 y 173 de la Ley Federal de la Protección de la Propiedad Industrial. En cuanto el IMPI realice la publicación oficial de la Solicitud en la Gaceta y esta surta efectos, el tercero contará con un plazo improrrogable de un mes para presentar su oposición. 

Acción por infracción:

Esta acción se presenta frente a la jurisdicción civil una vez se obtiene la declaración administrativa de una infracción.  Mediante esta acción se busca la obtención de una indemnización de daños y perjuicios producto de la infracción en contra de los derechos de autor o derechos de propiedad industrial. 

Acción de Nulidad:

Medio de defensa mediante el cual se puede demandar los actos o resoluciones de las dependencias y organizaciones descentralizadas de la Administración Pública.  Para presentar esta acción, el acto administrativo o resolución debe de ser definitivo de un procedimiento, instancia o expediente. La posibilidad de presentar este juicio está sujeta a un lapso de 45 días hábiles siguientes a que se haya hecho efectiva la notificación del acto. El procedimiento para este recurso se encuentra regulado en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Delitos

number one

Delitos en materia de derechos de autor:

Titulo Vigésimo Sexto, artículos 424-429. Todos los delitos previstos en este título se perseguirán por solicitud de la parte ofendida, a excepción del numeral 1 del artículo 424.  

number two

Delitos en materia de propiedad industrial:

Titulo Séptimo, Capitulo 2, artículos 402-406.  

Infracciones por Competencia Desleal

La prohibición general se encuentra en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Intelectual en el artículo 213. En el 2005, se adiciono al Código de Comercio el artículo 6 bis bajo el cual se incluye la prohibición general a los actos de competencia desleal. Al igual que en la Ley Federal de Protección, para que exista una infracción de competencia desleal, deberá de existir un acto administrativo que declaré una infracción. A partir de este acto administrativo se podrá acudir a la jurisdicción civil para reclamar los perjuicios derivados de esta infracción. Los artículos que regulan la infracción de competencia desleal son modelados del Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Intelectual.  

Instituciones que administran derechos de la Propiedad Intelectual 

Comentarios

  • En México para perseguir perjuicios fruto de una infracción de Propiedad Intelectual, se deberá primero acudir frente a alguna de las oficinas administrativas competentes. Mediante este medio, si se decreta la infracción, se podrá acudir a la jurisdicción civil para buscar la indemnización de perjuicios.  
  • Por otro lado, la inclusión de la competencia desleal en el Código de Comercio buscaba la independización de este concepto frente a la Propiedad Intelectual. No obstante, se continuo con la inclusión del parágrafo que solicitaba una declaración de infracción por parte de la IMPI para presentar una demanda frente a la jurisdicción civil. Así, la competencia desleal continúa dependiendo de una infracción de un derecho relacionado con la propiedad intelectual.   
  • En México para perseguir perjuicios fruto de una infracción de Propiedad Intelectual, se deberá primero acudir frente a alguna de las oficinas administrativas competentes. Mediante este medio, si se decreta la infracción, se podrá acudir a la jurisdicción civil para buscar la indemnización de perjuicios.  
  • Por otro lado, la inclusión de la competencia desleal en el Código de Comercio buscaba la independización de este concepto frente a la Propiedad Intelectual. No obstante, se continuo con la inclusión del parágrafo que solicitaba una declaración de infracción por parte de la IMPI para presentar una demanda frente a la jurisdicción civil. Así, la competencia desleal continúa dependiendo de una infracción de un derecho relacionado con la propiedad intelectual.