El nuevo régimen entró en aplicación con su publicación en el Boletín de Marcas. Su aplicación dependerá de la fecha de presentación de la solicitud de marca objeto de la oposición: los trámites relacionados con solicitudes presentadas desde el 1 de marzo de 2026 se regirán por las nuevas reglas, mientras que aquellos vinculados con solicitudes presentadas hasta el 28 de febrero de 2026 continuarán bajo el procedimiento anterior hasta su conclusión.
Entre los principales cambios, los oponentes tendrán 15 días hábiles para confirmar la oposición mediante el pago de la tasa, ampliar sus fundamentos y aportar pruebas; los solicitantes contarán con el mismo plazo para pedir la resolución de las oposiciones, responderlas y presentar pruebas, bajo riesgo de rechazo de la solicitud si no pagan la tasa correspondiente. Además, la prueba deberá concentrarse desde la presentación y ambas partes dispondrán de 10 días hábiles comunes para formular alegatos finales. La reforma exige, por tanto, mayor anticipación en la preparación de estrategias, argumentos y evidencia.

