Acciones de PI
en Honduras
La legislación nacional protege ambas ramas de la propiedad intelectual a través de normas propias, tratados internacionales y acciones civiles, penales y administrativas.

Normas
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Infracciones y acciones administrativas
Acción de Oposición:
Cualquier persona podrá presentar una oposición ante la Dirección General de Propiedad Intelectual. El plazo para presentarla será desde la primera vez que se publica la solicitud hasta 30 días después de la última publicación de aviso que anuncia la solicitud.
Acción de Nulidad:
Esta acción administrativa se presentará ante la jurisdicción administrativa. Tiene como fin anular el registro de una patente o marca. La persona facultada para presentar esta acción es aquella quien pertenezca el derecho. Se puede solicitar la nulidad de una patente, de un diseño de industria, y de una marca.
Acción de reivindicación:
Continuando la misma línea de los otros países miembros del SICA, esta acción se puede presentar bajo dos situaciones distintas. La primera razón para entablar dicha acción es cuando una persona solicito u obtuvo un registro sin tener derecho a ello. En ese caso, el afectado podrá solicitar que se le transfiera la solicitud a su nombre o el registro en caso de que ya se haya otorgado. La otra situación ocurre cuando una persona que tiene derecho al registro no es incluida. En este caso podrá solicitar que se le haga cotitular de la solicitud o del registro. Para ambas situaciones se puede solicitar la indemnización de daños y perjuicios que se hubiesen causado durante ese tiempo.
Acción por infracción:
El titular de un derecho de propiedad industrial podrá iniciar una acción frente a la jurisdicción civil. Además de solicitar el cese de la infracción y todas las medidas pertinentes para lograrlo, se podrá solicitar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Para calcular la indemnización se deben considerar tres factores: a) beneficios obtenidos por el titular del derecho si no hubiese existido la competencia del infractor; b) el monto de los beneficios obtenidos por el infractor por la infracción; c) el precio que hubiese tenido que pagar el infractor del derecho para obtener una licencia contractual. Adicionalmente, el titular de una patente o modelo de utilidad podrá iniciar esta acción por los perjuicios sufridos durante el tiempo en el que se realizó la solicitud y se concedió el registro de la patente o modelo de utilidad. Esta acción tiene una prescripción de dos años desde que el titular supo de la infracción o cinco años desde la última vez que se realizó la infracción.
Acción por infracciones a derechos de autor:
Esta acción opera de manera similar a la acción de infracción por derechos de propiedad industrial. No obstante, cuenta con varias particularidades. Primero, para ejercer la acción civil, se debe asegurar con suficiente garantía los posibles perjuicios que se le pueden ocasionar al demandado. En segundo lugar, la persona que solicite la prohibición o suspensión del acto debe ser la misma que haya entablado la acción judicial. Finalmente, la prescripción de esta acción es de tres años contados a partir del momento que se conoció los hechos que motivan la demanda.
Denuncia administrativa:
Esta denuncia que tiene como fin una sanción administrativa para el infractor podrá ser presentada por una infracción a los derechos de la propiedad industrial o derechos de autor. La multa oscila entre los 10 a 200 salarios mínimos. Estas sanciones que puede imponer la entidad administrativa son diferentes a las sanciones penales.
Delitos
Código Penal, Titulo VII, capitulo 8: Delitos contra Propiedades Especiales:
Este capítulo abarca los delitos contra las diferentes modalidades de la propiedad intelectual. Se incluyen crímenes en contra de los derechos de autor y la propiedad industrial. Se prevé dos tipos de sanciones, siendo la primera una multa y la segunda una pena privativa de la libertad. Las multas van desde 50,000 – 100,000 Lempiras. A su vez, las penas de reclusión corren desde los 3 hasta los 6 años.
Infracciones por Competencia Desleal
Sanción por competencia desleal
La Ley de Propiedad Industrial prevé una sanción fija cuando se incurra en un acto de competencia desleal descrito en el artículo 170 de esta ley. Si se prueba una de estas acciones, se impondrá al infractor una multa de entre 10 y 200 salarios mínimos.
Instituciones que administran derechos de la Propiedad Intelectual
Comentarios
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A diferencia de varios países de la región, varias infracciones previstas en la normativa hondureña tienen un carácter administrativo. Al aplicarse, estas sanciones, que parecen ser más simples, pueden ser un remedio efectivo para prevenir la continuación de la infracción al no esperar a una sentencia judicial.
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Otro punto para resaltar es que en Honduras se contaba con una Ley para la Protección de Variedades Vegetales, sin embargo, en 2021 la Corte Suprema declaro de manera unánime la inconstitucionalidad de esta norma por violar numerosos acuerdos internacionales.
- A diferencia de varios países de la región, varias infracciones previstas en la normativa hondureña tienen un carácter administrativo. Al aplicarse, estas sanciones, que parecen ser más simples, pueden ser un remedio efectivo para prevenir la continuación de la infracción al no esperar a una sentencia judicial.
- Otro punto para resaltar es que en Honduras se contaba con una Ley para la Protección de Variedades Vegetales, sin embargo, en 2021 la Corte Suprema declaro de manera unánime la inconstitucionalidad de esta norma por violar numerosos acuerdos internacionales.