El 23 de abril de 2024, la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC) decidió prohibir las cláusulas de no competencia en los contratos laborales por considerar que afectan el derecho a la libre movilidad laboral, lo que impacta negativamente en la competencia, innovación y crecimiento económico del país.
Como medida alternativa, la FTC propone adoptar acuerdos de confidencialidad robustos con el fin de proteger información confidencial de la empresa ante la salida de cualquier trabajador.
Si bien esta decisión ya ha sido objeto de algunas demandas que cuestionan las competencias de la FTC, en principio, entrará en vigor 120 días después de su publicación, momento en el cual las cláusulas vigentes no producirán efectos, con excepción de aquellas que hayan suscrito miembros de la alta dirección.
En Colombia, en materia laboral, las cláusulas que impongan al trabajador el compromiso de no trabajar en determinada actividad o trabajar para algún competidor se entienden como no escritas. En términos de libre competencia la autoridad colombiana ha establecido una serie de lineamientos para determinar si estas cláusulas podrían ser viables o no, por lo que será necesario analizar en cada caso los efectos del acuerdo sobre el mercado.