Nos encontramos en una era en la que los modelos económicos exitosos se concentran en las industrias creativas, la innovación y, en general, en los sectores cuya producción de bienes y servicios se fundamentan en la propiedad intelectual, para generar de esta manera riqueza, incrementando el uso del “talento, la conectividad y la herencia cultural” de las regiones.
Los países enfocan su productividad en el respeto por la propiedad intelectual y el empoderamiento de individuos destinados al desarrollo y gestión de ideas encaminadas a promover la creatividad, porque es claro que la creatividad está en todo -cualquier sector- y es el diamante en bruto de los negocios, porque en la generación de ideas y contenidos innovadores está la riqueza y conquista de este modelo.
En Colombia, el recién elegido presidente Iván Duque, en su discurso de posesión, dejó claro el compromiso de la nueva administración con los postulados de la economía naranja, al indicar que, en su Gobierno, estarán “comprometidos con el impulso a la economía naranja para que nuestros actores, artistas, productores, músicos, diseñadores, publicistas, joyeros, dramaturgos, fotógrafos y animadores digitales conquisten mercados, mejoren sus ingresos, emprendan con éxito, posicionen su talento y atraigan los ojos del mundo”. Y, en consecuencia, señaló los retos que un modelo de esta naturaleza implican para un gobierno que se concentra en el desarrollo económico y social de las industrias culturales como fuente de creación y generación de nuevas ideas.
En los últimos años, la industria del entretenimiento en Colombia ha tenido un crecimiento significativo, particularmente con la Ley 814 del 2003, o Ley del Cine, el sector audiovisual en sus diferentes modalidades –generación, producción postproducción y distribución de contenido- ha impactado las cifras de facturación de esta industria, situación que se refleja en la constitución de empresas dedicadas a este negocio y cuya facturación en el 2017 ascendió, aproximadamente, a 6,4 billones de pesos[1].
El Ministerio de Cultura, con la creación de esta ley, buscaba generar incentivos de inversión y promover la cadena de producción cinematográfica en Colombia. Para tal propósito, creó el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, entidad que recauda el pago de la cuota para el desarrollo cinematográfico que deben realizar los distribuidores, productores y exhibidores de obras audiovisuales en Colombia[2], y concedió deducciones de hasta un 125 % respecto del total del valor invertido o donado[3] por un tercero para el desarrollo de este tipo de proyectos[4].
En el 2017, la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura reportó la entrega de 172 certificados, entre los cuales 30 fueron de donación y 142 de inversión en películas nacionales que suman un total de 9.247.842 dólares, para un total de 42 proyectos cinematográficos beneficiados, de los cuales 10 recibieron el 54,9 % del monto total del dinero certificado como inversión y donación del año, entre los que vale la pena mencionar a Pena máxima, El país más feliz del mundo, Rock N’Cola, El regalo, Pájaros de verano, El paseo 4 y 5, Los Fierro, La piel del tambor y Amateur[5].
Los mecanismos de financiación implementados a través de esta ley, desde su promulgación a la fecha, han permitido la entrega de 70.675.290,39 dólares a favor de la industria cinematográfica, en la que se pueden identificar como principales inversionistas y donadores a canales de televisión, empresas distribuidoras de cine, empresas exhibidoras de cine, empresas productoras audiovisuales, empresas sin ánimo de lucro, entidades de capital mixto, sector financiero y personas naturales[6].
Paso a paso en la obtención de los beneficios para una producción
- Constituir una sociedad
- Resolución de Reconocimiento como Proyecto Nacional: El productor que sea beneficiario de una inversión o donación, debe constituir un encargo fiduciario o patrimonio autónomo para que operen los beneficios tributarios reconocidos en la Resolución 384 de 2013 a favor de los inversionistas o donantes de la producción nacional.
- Solicitud de autorización ante la Dirección Cinematográfica del ministerio de Cultura.- Requisito exclusivo para productoras extranjeras que quieran desarrollan una producción cinematográfica en Colombia.
- Obtención de Permisos Locales.- Permiso unificado para Filmaciones Audiovisuales -PUFA-; Permisos Especiales: i) importación de animales, vegetales y productos agropecuarios; ii) filmación en parques nacionales naturales; iii) filmación en parques arqueológicos; iv) permiso para grabar o tomar fotografías con drones.
- Solicitud de aplicación de exenciones Tributarias.- los certificados de donación e inversión cinematográfica deben ser llevados al gasto dentro del año gravable inmediato en que se realizó la inversión y/o donación
[1] Dinero. (2018) Los colombianos que dominan la Industria Audiovisual. Revista Dinero. Edición 547.
[2] Ley 814, 2003. Por la cual se dictan normas para el fomento de la actividad cinematográfica en Colombia. 2 de julio de 2003. D.O 45237
[3] En los casos de donación hay un límite del 30% respecto de la renta líquida.
[4] Para que apliquen las mencionadas deducciones, la inversión o donación debe hacerse por encargo fiduciario y/o patrimonio autónomo que debe estar avalado por una Resolución de reconocimiento de proyecto nacional expedida por el Ministerio de Cultura.
[5] Anuario Estadístico del Cine Colombiano.2017. Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura
[6] Ibídem
Juan G. Moure
juan.moure@olartemoure.com
Camila Vásquez
camila.vasquez@olartemoure.com
*Artículo publicado originalmente en Ámbito Jurídico