El Decreto 390 de 2024, expedido por el gobierno nacional de Colombia, establece el procedimiento para que la Superintendencia de Sociedades otorgue beneficios por colaboración en materia de soborno transnacional y corrupción. Estos beneficios podrán conducir a la exoneración total o parcial de las sanciones administrativas.
Para acceder a los beneficios, es necesario presentar una solicitud que varía según la conducta. Para el caso del soborno transnacional, se debe especificar la identificación de las personas naturales involucradas, información de modo, tiempo y lugar, identificación del servidor público implicado, descripción de los beneficios o utilidades ofrecidos o entregados y especificación de la ventaja obtenida, entre otros aspectos.
Para la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por actos de corrupción, la información presentada debe incluir la conexión de la persona natural con una sentencia condenatoria firme o un principio de oportunidad confirmado, particularidades de modo, tiempo y lugar, la identificación del beneficio obtenido por parte de la persona jurídica, los medios a través de los cuales la persona jurídica consintió o toleró, bien sea por acción u omisión, la realización de la conducta, y pruebas que cumplan con criterios de calidad, utilidad, pertinencia y conducencia, entre otros aspectos.