La norma se aplica a bancos nacionales, asociaciones federales de ahorro, sucursales federales, emisores extranjeros y determinadas entidades no bancarias y estatales. Regula las actividades autorizadas, las reservas, la redención, la gestión de riesgos, las auditorías, la supervisión, la custodia y los procedimientos de autorización, además de establecer mecanismos de respaldo de capital y operativo y modificar disposiciones prudenciales y procedimentales.
La regulación desarrolla los requisitos de la GENIUS Act, salvo los relativos a prevención del lavado de activos, la Bank Secrecy Act y las sanciones de la OFAC, que serán objeto de regulación separada coordinada con el Departamento del Tesoro. Tras recibir comentarios sobre la propuesta publicada en febrero de 2026, la OCC adoptó la regla definitiva, que entrará en vigor el 18 de enero de 2027.
Este desarrollo regulatorio constituye una oportunidad para que Colombia y otras jurisdicciones evalúen la adopción de marcos normativos específicos para la emisión y operación de stablecoins, una práctica que ha adquirido creciente relevancia en los últimos años. Lo anterior permitiría establecer condiciones claras de autorización, respaldo, supervisión y gestión de riesgos, así como fortalecer la seguridad jurídica y la protección de los usuarios frente a los desafíos que plantea la evolución de los activos digitales.

