.

ECUADOR | Propiedad Intelectual, Patentes | Ecuador: Código INGENIOS entró en vigor

.

El 9 de diciembre de 2016 –y mediante publicación del mismo en el Registro Oficial de la Asamblea Nacional de Ecuador- entró en vigor el Código Orgánico de la Economía Social, de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, más conocido como Código INGENIOS.

Días después, la Oficina de Propiedad Industrial de Ecuador (IEPI) aclaró el régimen de transición de la nueva norma. Específicamente, determinó que las solicitudes presentadas antes del 9 de diciembre de 2016 aplicarán la nueva ley en aspectos de fondo, mientras que en aquellos de forma continuarán con la norma anterior. Las solicitudes presentadas después de esa fecha aplicarán el Código INGENIOS en su totalidad.

Por último, el IEPI aclara que los derechos de propiedad intelectual concedidos bajo la norma anterior, seguirán rigiéndose bajo esa norma y conservando su validez.

La entrada en vigor del Código INGENIOS resulta controversial, ya que varias de sus disposiciones vulneran el Régimen Común de Propiedad Industrial de la Comunidad Andina y los Acuerdos ADPIC.

a CA.

LATINOAMÉRICA | Asuntos Judiciales, Procedimiento | Suspensión de términos en algunas entidades Latinoamericanas de Propiedad Industrial

.

Adicional a la suspensión de términos judiciales en Colombia, otras entidades que conocen de asuntos de propiedad industrial en Latinoamérica anunciaron su cierre para los próximos días.

En el caso de México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial informó que suspenderá sus labores desde el 21 de diciembre de 2016 hasta el 4 de enero de 2017.

En cuanto a la Comunidad Andina (de la que son miembros Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina anunció la suspensión de sus labores desde el 16 de diciembre de 2016 hasta el 5 de enero de 2017.

COLOMBIA | Regulatorio | Corte Constitucional de Colombia se pronuncia sobre procedimiento de fijación de precios de medicamentos

.

Mediante Sentencia C620 de 2016, la Corte Constitucional de Colombia se pronunció respecto al procedimiento de fijación de precios de medicamentos vigente en Colombia y los requisitos exigidos para ello desde con la implementación de la Ley 1753 de 2015 (evaluación del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud -IETS- y análisis de costo-efectivdad, ambos requisitos para la obtención de un registro sanitario).

El pronunciamiento se dió debido a que el demandante de la norma manifestó que la exigencia de esos requisitos «podría afectar la disponibilidad y el ingreso de nuevas tecnologías«, lo cual fue considerado como cierto por la Corte. En consecuencia, la norma mantiene su vigencia bajo el entendido de que los requisitos adicionales que incluye para la expedición del registro sanitario (necesario para determinar los precios de un medicamento) no pueden lesionar los elementos de disponibilidad y accesibilidad de medicamentos en la población.

Por último, la Corte consideró que es válido revocar un acto administrativo que concede un registro sanitario de oficio y sin consentimiento previo del titular.

 

COLOMBIA, COSTA RICA, LATINOAMÉRICA | Patentes | Costa Rica podría ingresar al PROSUR en 2017

.

Así fue dado a conocer por el Comité Directivo de la entidad, que a su vez manifestó que Colombia asumirá la presidencia pro tempore de PROSUR a partir del 1 de enero de 2017.

El ingreso de Costa Rica al PROSUR podría significar su inclusión en el Procedimiento Acelerado de Patentes (PPH) suscrito entre sí por 8 de sus 9 países miembros.

PROSUR-PROSUL es un convenio del cual hacen parte 9 países suramericanos (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Surinam y Uruguay). Su objetivo es promover la cooperación entre las Oficinas de Propiedad Industrial de sus países miembros, con la finalidad de aumentar la eficiencia y calidad del trámite de solicitudes en propiedad industrial.

COLOMBIA | Patentes, Propiedad Intelectual | Colombia: Proyecto de Ley que permite que Universidades establezcan empresas de base tecnológica (Spin Off) está cerca de su aprobación

 

El 13 de diciembre de 2016, la Comisión 6ta del Senado colombiano aprobó en debate el Proyecto de Ley 165 de 2016, mediante el cual pretende autorizar a las Instituciones de Educación Superior públicas y privadas de Colombia para crear empresas de base tecnológica o spin-offs, las cuales consisten en iniciativas empresariales que tienen la finalidad de capitalizar y explotar la propiedad intelectual obtenida de la investigación universitaria.
Para su entrada en vigor, i) deberá ser aprobado por la plenaria del Congreso (Senado y Cámara de Representantes), y ii) sancionado por el Presidente.