.

COLOMBIA| Derecho de Autor, Propiedad Intelectual | Se propondrá modificación a la Ley de Derecho de Autor colombiana

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo colombiano ha publicado el borrador del proyecto de ley (“Lleras 3”) que pretende modificar la Ley 23 de 1982, la cual regula diferentes aspectos en materia de derecho de autor en Colombia.

El proyecto de ley tiene como objetivo fortalecer las medidas sancionatorias contra la piratería (incluyendo medidas punitivas), al igual que actualizar excepciones y limitaciones al derecho de autor. Por otra parte, implementa las indemnizaciones preestablecidas (es decir, la tasación de perjuicios puede ser efectuada por el juez de acuerdo a los criterios definidos por la ley procesal colombiana si así lo desea el demandante) y extiende de 50 a 70 años la vigencia de los derechos patrimoniales en cabeza de una persona jurídica (las personas naturales gozan de 80 años contados a partir de la muerte del autor).

No obstante, la reforma no implementa un sistema para combatir eficazmente la piratería tecnológica (como advertencias o procedimientos sumarios sobre descarga de contenidos) ni aborda el papel de los proveedores de internet en las infracciones de derecho de autor, más no se descarta una reforma futura incluyendo esas medidas.

.

AMÉRICA LATINA | Propiedad Intelectual | OMPI: América Latina desaprovecha su potencial en innovación

.

Según el Índice Mundial de Innovación de 2016 -publicado por la Universidad de Cornell, el INSEAD y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)-, y pese a que algunos de los países han tenido el interés de promover la innovación, la región no ha aprovechado su potencial y no ha logrado mejorar en relación a estadísticas de años anteriores. La recomendación del informe para los Gobiernos de la región es adoptar políticas de largo plazo en esos temas.

Los países que se destacaron en el informe fueron Chile, Colombia, México, Perú y Uruguay y a su vez se resaltó la importancia de Brasil y el rol emergente de Perú y Uruguay. En el ranking, la primera posición en América Latina fue para Chile, teniendo el puesto 44 a nivel mundial y de segundo, Costa Rica, la cual subió 6 puntos en relación al año 2015.

Para más información acerca del Índice, visite este enlace.

.

ARGENTINA | Propiedad Industrial | Oficina de Propiedad Industrial argentina tiene nuevo presidente: Dámaso Pardo

.

Durante el mes de junio de 2016 se nombró a Dámaso Pardo como nuevo presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Argentina, y con su gestión se espera un nuevo enfoque frente a los derechos de propiedad industrial en el país austral.

El nuevo director del INPI es miembro de la International Trademark Association (INTA) y se ha desempeñado como socio en la firma de abogados argentina PAGBAM IP.

 

BRASIL | Regulatorio | Brasil regula el acceso a recursos genéticos

.

El 11 de mayo de 2016 Brasil expidió el Decreto  N° 8.772 de 2016, por el cual se reglamenta la Ley 13.123 del 20 de mayo de 2015 sobre acceso a recursos genéticos, protección al conocimiento tradicional, distribución de beneficios de conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

El decreto regula la forma de aplicación de la ley e identifica los principales problemas para acceder a recursos genéticos. A su vez, también reglamenta las funciones, objetos, organización y funcionamiento del Consejo de Gestión del Patrimonio Genético (adscrito al Ministerio de Ambiente) y encargado de autorizar el acceso e intercambio de material genético.

El decreto considera como patrimonio genético a (i) microorganismos aislados a partir de sustratos del territorio nacional; (ii) especies vegetales y animales que se encuentren en el territorio de manera espontánea y que hayan adquirido características propias del país y (iii) especies con diversidad genética adaptada por pueblos indígenas, comunidades y agricultores tradicionales.

COLOMBIA | Regulatorio | Nueva regulación sanitaria de cárnicos entra a regir en Colombia

.

Desde el pasado 9 de agosto del presente año, entraron a regir de forma gradual los decretos  1500 de 2007 y 2270 de 2012, producto de la finalidad que tiene el Gobierno colombiano en asegurar que los alimentos cárnicos posean buena calidad y estén exentos de transmitir enfermedades.

Su implementación total se dará en el término de los siguientes dos años, y se caracterizan por definir los requisitos sanitarios a cumplir en las cadenas de procesamiento de la carne de pollo, cerdo y vaca.

Las nuevas regulaciones implican la necesidad de tecnificar muchas de las plantas de sacrificio o mataderos, y se estima que se cerrarán más de 315 en el primer año.