
Los laudos y las sentencias resuelven controversias puntuales que surgen de una determinada relación. Sin embargo, existe la posibilidad de que la decisión no sea satisfactoria para una o para ambas partes, lo que puede prolongar la discusión, quizá por evitar o por cambiar el resultado, generando nuevos conflictos para obtener una “revancha”.
Por esto es importante que las partes escojan un mecanismo de resolución de conflictos claro, fijando las reglas de juego, para mitigar los riesgos de una futura inconformidad.

La negociación
Como mecanismo autocompositivo, ofrece una multiplicidad de beneficios que pasan por incorporar en un acuerdo construido por las partes aquellas molestias que no son estrictamente legales y que en muchas ocasiones tienen que ver con valores o principios, con ego o conductas semejantes.
Por el contrario, la negociación distributiva tiene un enfoque competitivo con una actitud ganar-perder, es decir, en el punto negocial donde una parte gana la otra pierde.
El arbitraje
Ofrece varios escenarios de negociación, iniciando con la redacción de la cláusula compromisoria. La redacción conjunta de la cláusula compromisoria transforma lo que en principio sería una negociación distributiva a una integrativa, pues mediante este diálogo se acuerdan las reglas que el tribunal y las partes deben seguir durante el procedimiento que resolverá una eventual controversia.
Sin embargo, se debe enfatizar en que esto no implica que la decisión del tribunal deje de ser imparcial.