El 6 de septiembre de 2024, la Superintendencia de Protección de Datos Personales de Ecuador (“Superintendencia”) emitió su primera guía sobre el registro de apoderados especiales. Esta norma exige que los responsables y encargados extranjeros que no estén ubicados en Ecuador cuenten con un apoderado especial domiciliado en dicho país, cuando cumplas las siguientes condiciones:
- Ofrezcan bienes o servicios a residentes en el país;
- Participen en el sistema de protección de datos personales; o
- Controlen el comportamiento de personas dentro del territorio ecuatoriano.
Este apoderado, ya sea una persona natural o jurídica, actuará en representación de los responsables o encargados extranjeros ante instancias judiciales y administrativas relativas a protección de datos personales. En el caso de una persona natural, el apoderado deberá ser ecuatoriano o un extranjero con residencia legal. Si se trata de una persona jurídica, su objeto social debe incluir la capacidad de actuar como mandatario.
Con esta medida, la Superintendencia de Ecuador sienta un precedente clave en su misión de fortalecer el marco de cumplimiento y regulación de protección de datos personales en Ecuador, consolidando su rol como autoridad regulatoria.