Recientemente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó varias acciones de nulidad asociadas a derechos de propiedad industrial tras considerar que es necesario cumplir con el requisito de conciliación previa para su admisión. Sin embargo, la Procuraduría General de la República, entidad delegada para realizar las conciliaciones administrativas, señaló que las nulidades de propiedad industrial no son conciliables ya que no son conflictos económicos cuyo monto pueda estimarse. Este factor imposibilita la celebración de acuerdos en la medida en que el punto de partida de la negociación deriva de los efectos económicos del acto administrativo que originó el conflicto entre las partes. Actualmente, varias acciones de nulidad relacionadas con derechos de propiedad industrial han sido rechazadas alegando el requisito de la conciliación previa. Sin embargo, esta decisión altera el debate sobre la admisibilidad de las acciones de nulidad, ya que los conciliadores no están facultados para conciliar controversias cuando el demandante no puede estimar una cantidad.
Dualidad en procesos de propiedad industrial
29 septiembre, 2022
By Nicole Diaz
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