La Corte Constitucional, por sentencia del 11 de abril de 2019, declaró que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la Superintendencia de Sociedades (SSC) no podrán realizar inspecciones judiciales cuando actúen como entes administrativos, en sus funciones de inspección, vigilancia y control.
La SIC es la Autoridad Nacional de Colombia en Patentes, Marcas, Protección al Consumidor, Derecho de la Competencia, Metrología y Protección de Datos, y la SSC es la Autoridad Nacional de Colombia que mantiene los asuntos societarios bajo una estrecha vigilancia.
Por último, aunque el fallo aún no está disponible para el público y por lo tanto su alcance no está claro, las noticias ya han creado grandes discusiones entre académicos y autoridades al respecto, ya que este fallo puede afectar varios de los casos más importantes.