El Decreto 090 del 2018 creó diferentes plazos para que algunas sociedades, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas, realicen la inscripción obligatoria de sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD).
Los plazos establecidos para realizar el registro varían según el tipo de sociedad o entidad y su capital medido en Unidades de Valor Tributario (UVT).
Sin embargo, es importante tener en cuenta que para las entidades públicas, el plazo vence el 31 de enero de 2019; y, para los obligados que creen bases de datos después de este último plazo, el registro se debe hacer antes de cumplir dos (2) meses desde la creación de la base.
Fuente original:
http://bit.ly/2Dw4hpY