La Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) comunicó que no es posible que el Gobierno Nacional realice una fijación de tarifas en materia de derecho de autor. La tarifa cobrada debe ser fruto de la concertación que las Sociedades de Gestión Colectiva realicen con los usuarios de sus repertorios. Si no fuere posible llegar a un acuerdo y la controversia continúa, lo procedente es acudir a los Jueces Civiles de la República o a los mecanismos alternativos de solución de conflictos, como el arbitraje o la conciliación.
Colombia: Facultades del Gobierno para fijar tarifas en relación con el derecho de autor y los derechos conexos
11 junio, 2020
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