En enero de 2018, el Gobierno de Argentina emitió el Decreto 27 de 2018, mediante el cual simplificaba varios trámites administrativos. Entre esos suprimió la obligación de aportar los documentos de prioridad, al igual que su traducción, durante el procedimiento de examen de forma.
Posteriormente, el 27 de septiembre de 2018, la Oficina de Patentes de Argentina (INPI) emitió la Resolución Nº 250/2018 que establece, entre otras cosas, disposiciones relativas a la presentación de documentos de prioridad y su traducción. Para la implementación de esta Resolución, el 9 de octubre de 2018 el INPI profirió la Circular Nº 4/2018.
Al contrario de lo que establecía el Decreto 27 de 2018, la Resolución Nº 250/2018 establece que para las patentes de invención sí se debe aportar dentro de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. En caso de no aportar dicha traducción implicará la pérdida de la reivindicación de la prioridad. Sin embargo, mantiene el hecho de que no sea necesario aportar el documento de prioridad y en su caso, el documento de cesión, salvo que sean requeridos en la etapa de examen de fondo.
Así las cosas, de conformidad con esta Resolución, la Circular Nº 4/2018 establece que para las solicitudes de patente de invención presentadas entre el 12 de enero de 2018 y el 1 de octubre de 2018, todos los solicitantes tendrán un plazo no prorrogable de tres meses, contados a partir del 1 de octubre de 2018, para presentar las traducciones certificadas de los documentos de prioridad. Tal como establece la Resolución Nº 250, en caso de no aportar la traducción en el plazo indicado, causará automáticamente la pérdida de la reivindicación de prioridad.