El 13 de noviembre de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea profirió la Sentencia C-310/17, para el caso Levola Hengelo BV/Smilde Foods BV.
El Tribunal consideró que no es posible identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento, pues a diferencia de las obras literarias, pictóricas, cinematográficas o musicales – que son expresiones precisas y objetivas – la identificación del sabor de un alimento se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables. Los sabores dependen de factores relacionados con la persona que prueba el producto en cuestión, como su edad, país, sus preferencias alimentarias y sus hábitos de consumo, así como del entorno o el contexto en que tiene lugar la degustación del producto. Por lo anterior el derecho de autor sería inaplicable para proteger los sabores.