El pasado 17 de abril el Diario Oficial de la Unión Europea publicó las directivas 2019/789 y 2019/790 que adaptan las reglas de derechos de autor a las nuevas plataformas, y que comprende servicios de transmisión de música, plataformas de video y plataformas de contenido subido por usuarios, el rango de la transmisión televisiva y radial en los países de la UE, entre otros.
La Directiva (UE) 2019/789, implementa medidas que permitirán a los usuarios de cualquier Estado miembro de la Unión Europea tener acceso a una oferta amplia de programas de televisión y de radio en otros países de la UE al mismo tiempo que la emisión en el país de origen, con excepción a los eventos deportivos que están excluidos expresamente de la norma.
Por otro lado, la Directiva (UE) 2019/790 aclara el marco legal en el que operan los proveedores de servicios de contenido generado por los usuarios (tales como los ofrecidos por YouTube), al brindar beneficios tales como cargar contenido protegido por derechos de autor en plataformas de forma legal, incluyendo memes y parodias. También garantiza que los autores e intérpretes reciban una remuneración justa y proporcional cuando renuncien a sus derechos exclusivos para la explotación de obras, especialmente cuando la remuneración inicialmente acordada sea desproporcionada en comparación con los ingresos reales que se derivan de la explotación de la obra.