En 2015, se presentó una demanda contra la Superintendencia de Industria de Comercio, por haber otorgado el derecho de registro de una marca de color (Pantone Rosado 183C). Los argumentos presentados por la demandante, se basaban principalmente en lo siguiente: i) falta de carácter distintivo; ii) uso común del color rosado en el mercado de refrescos; y iii) por último, supuestamente en detrimento de la realización normal de actividades comerciales del demandante.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, decidió la acción presentada a favor de la Superintendencia de Industria y Comercio en los últimos días de abril, confirmando el registro exitoso de la marca de color y la decisión tomada por la Dirección de Marcas de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia.
Se debe resaltar que se trata de la primera vez que una empresa demanda a un Estado ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina por el supuesto incumplimiento de las normas comunitarias aplicables al registro de marcas.