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Obras creadas con IA no son susceptibles de registro

obras creadas con ia sin registro

En coherencia con lo decidido en otras jurisdicciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México confirmó que las obras creadas exclusivamente por inteligencia artificial no pueden ser protegidas mediante derecho de autor, ya que la ley resguarda únicamente la creatividad y originalidad derivadas de la intervención humana.

El caso analizado ratificó la negativa del Instituto Nacional del Derecho de Autor a registrar la obra Avatar Virtual, reconocida por haber sido creada con la inteligencia artificial “Leonardo”. La Corte argumentó que carecía del factor subjetivo indispensable para cumplir con el requisito de originalidad: el reflejo de la individualidad y la personalidad del autor en la creación.

Este criterio sienta un precedente al reafirmar que la originalidad y la intervención humana son elementos esenciales para la protección de las obras artísticas, los cuales resultan determinantes al momento de conceder o negar su reconocimiento jurídico.

Fuente.

19 Sep, 2025

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