Una Corte del Circuito de México utilizó el artículo 221 bis de la Ley de la Propiedad Industrial Mexicana-conocida como “la regla del 40%”, para conceder una indemnización comparable a los daños punitivos en el sistema Estadounidense.
Esta interpretación concedió una compensación por los daños y perjuicios, efectivamente sufridos y probados, y además la indemnización reconocida como “la regla del 40%” que equivale al 40% de las ventas del producto infractor.
Sin embargo, algunos expertos afirman que este precedente cambia totalmente el panorama de compensación por infracción y, por lo tanto, aún no es clara la aplicación de este nuevo sistema de compensación.