El Decreto 282 de 2019 obliga al constructor y/o vendedor a constituir garantías que cubran el riesgo de ruina en los 10 años siguientes a la entrega de la propiedad. Las garantías deberán ser líquidas para garantizar una efectiva solución a los propietarios.
El nuevo decreto comenzó a regir desde el 21 de febrero de 2019; no obstante, su cumplimento es voluntario hasta el 21 de febrero de 2021. A partir del 2021 las garantías serán obligatorias.