En un caso reciente, el Tribunal de Distrito de California confirmó los derechos de autor de una foto tomada por un paparazzi a la modelo Irina Shayk. La foto en cuestión muestra a Shayk con unos pantalones deportivos de la marca Deadly Doll, cuyos derechos de autor están protegidos. Deadly Doll alegó que poseía los derechos de la foto y que la había publicado en sus redes sociales como publicidad sin el permiso del autor.
Sin embargo, el Tribunal no estuvo de acuerdo con la alegación de Deadly Doll y, en su lugar, analizó si la fotografía podía considerarse una obra derivada. La decisión del tribunal se centró en el hecho de que el pantalón deportivo que llevaba Shayk no era una obra preexistente, sino un «objeto útil». Según la jurisprudencia estadounidense, un objeto útil es aquel que tiene una función utilitaria dentro de la obra y no está destinado principalmente a representar la apariencia del objeto o a transmitir información sobre él. En última instancia, el tribunal consideró que la fotografía no estaba destinada principalmente a mostrar el diseño de Deadly Doll, sino que era una mera coincidencia que Shayk lo llevara puesto. Por lo tanto, la fotografía no era una obra derivada, y los derechos de autor del paparazzi estaban protegidos.
Este caso refuerza la jurisprudencia existente sobre la exhibición de marcas o diseños en fotografías, y subraya la importancia de considerar la intención del fotógrafo y reconocer el concepto de «objetos útiles» como elementos incidentales dentro de una fotografía. De este modo, protege el trabajo de los paparazzi y de otras personas que retratan situaciones de la vida real fuera del ámbito de la publicidad.