El 8 de octubre de 2026 entrará en vigor el Protocolo de Madrid para Arabia Saudita, que se convierte en el quinto país del Consejo de Cooperación del Golfo en incorporarse al Sistema, junto con Bahréin, Omán, Catar y los Emiratos Árabes Unidos. Desde esa fecha, será posible solicitar protección en el país mediante una nueva solicitud internacional o una designación posterior de un registro existente. Los titulares de marcas de Arabia Saudita también podrán utilizar el Sistema para solicitar protección en otros mercados miembros.
En Cuba, la entrada en vigor del Decreto-Ley 103/2025, el 8 de agosto de 2026, viene acompañada de novedades procesales. Ahora se admiten solicitudes de fusión de registros internacionales resultantes de una división. Además, las denegaciones provisionales emitidas por la Oficina cubana desde esa fecha pueden responderse en 60 días calendario, contados desde que la OMPI transmite copia de la notificación al titular.
Por último, desde el 1 de agosto de 2026, Jersey debe designarse por separado: una nueva designación del Reino Unido ya no comprende ese territorio. Jersey cuenta con su propia Oficina de origen y aplica tasas individuales para solicitudes, designaciones posteriores y renovaciones. La designación incorpora, además, una declaración de intención de uso de la marca. Para los registros internacionales cuya designación del Reino Unido sea anterior al 1 de agosto de 2026 y conserve protección en esa fecha, la OMPI inscribe automáticamente una designación de Jersey, que pasa a operar de forma independiente. Si el plazo de denegación sigue abierto y aún no existe una decisión, la inscripción queda supeditada a la concesión de protección total o parcial en el Reino Unido.

