Desde la perspectiva de la propiedad intelectual, la ley incorpora nuevas reglas sobre el uso y la explotación de las obras musicales. Entre ellas, establece que el contenido musical patrocinado o promocionado deberá identificarse claramente como tal y reafirma que los titulares podrán gestionar sus derechos de autor de manera individual o a través de sociedades de gestión colectiva, precisando que ambas modalidades no podrán ejercerse simultáneamente sobre los mismos derechos.
Entre las principales novedades, la ley crea el Fondo Cuenta Especial del Sector de la Música como mecanismo de financiación para programas y proyectos del sector, y el Sistema de Información de la Música, que permitirá recopilar información sobre la industria para apoyar el diseño de políticas públicas.
Además, incorpora beneficios tributarios, como la exención del IVA para determinados instrumentos musicales y equipos tecnológicos utilizados en la creación y producción musical. Asimismo, contempla facilidades migratorias y aduaneras para artistas y equipos técnicos que participen en actividades internacionales, y prevé medidas para facilitar el transporte de instrumentos musicales como equipaje de mano o equipaje especial.
Con estas medidas, la Ley de la Música busca fortalecer el ecosistema musical colombiano, facilitar el desarrollo de la industria y generar mejores condiciones para la creación, comercialización y protección de las obras musicales.

