Registro de marcas con distintividad adquirida

14 marzo, 2025
marcas con distintividad adquirida

La Oficina Brasileña de Patentes y Marcas (INPI) anunció su intención de aceptar el registro de marcas con distintividad adquirida (secondary meaning), alineándose con acuerdos internacionales. De esta forma, el INPI estableció algunas reglas para que los titulares marcarios puedan demostrar la distintividad adquirida de su signo, exigiendo para ello formalidades tales como el uso continuo de la marca durante cinco años y el reconocimiento de parte de los consumidores.

Los titulares marcarios interesados en el proceso deben presentar los documentos justificativos en un plazo de 60 días a partir de la presentación de la solicitud, al apelar, o en un término de 60 días posteriores a la presentación de la apelación. El INPI aclaró que la distintividad adquirida no equivale a la declaratoria de notoriedad de un signo y que algunos signos continúan siendo no registrables. Además, en algunos casos, a pesar de que un titular marcario logre el registro de su marca debido a la distintividad adquirida, de todas formas no se podrá impedir el uso de terceros respecto de dicho término en su significado común.

Este cambio sigue a sentencias judiciales que han reconocido la distintividad adquirida de determinados signos. Se espera que los cambios entren en vigor en 2025, lo que supondrá un avance significativo en la legislación brasileña sobre marcas.

Categories

Archive

Archives

Descargue el Informe
DEEPTECH COLOMBIA 2024

Categories

Archive

Archives