Prohibición de registro de nombre de terceros

21 junio, 2024
registro de nombres de terceros

De acuerdo con la Ley Lanham, norma que contiene los principales parámetros marcarios en Estados Unidos, está prohibido registrar como marcas signos que consistan o contengan el nombre de una persona viva sin que se haya obtenido su consentimiento escrito.

Pues bien, en el 2018, Steve Elster intentó registrar la marca “Trump Too Small”, haciendo referencia al entonces presidente de Estados Unidos. La Oficina de Marcas de Estados Unidos optó por negar la solicitud, considerando que vulneraba lo dispuesto en la Ley Lanham. No obstante, el Circuito Federal revocó la sentencia, al estimar que la prohibición de registrar nombres de personas vulneraba el derecho a la libertad de expresión contenido en la Primera Enmienda a la Constitución.

Al conocer del caso, la Corte Suprema optó por defender la prohibición de registrar nombres de terceros, por cuanto consideró que así se protege la reputación individual de las personas y se evita la confusión del consumidor. Además, la corte resaltó que esta norma no se basa en la ideología que motiva a una persona a solicitar una marca, sino que prohíbe de manera objetiva el registro como marcas de nombres de personas cuando no se tenga el requerido consentimiento.

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