Al intentar registrar una marca, te enfrentas a la posibilidad de que no sea aceptada por la autoridad competente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Si la SIC niega tu solicitud de registro de marca, la única vía para que el caso sea revisado nuevamente es presentando un recurso de apelación.
SÍ
Revisa las causas con un experto.
Analiza con detenimiento el motivo de la negación.
Cada palabra cuenta, por lo que un abogado especializado puede detectar oportunidades clave de defensa.
NO
No ignores el plazo del recurso de apelación.
Después de la negación, puedes presentar ante la SIC un recurso de apelación.
Tienes un mes calendario + 10 días hábiles, desde la fecha de notificación de la negación, para presentar este recurso.
Pasar este plazo sin actuar significa perder la oportunidad de defender tu solicitud y tus derechos.
SÍ
Actúa a través de un apoderado local.
La ley colombiana exige que una respuesta a la denegación sea presentada por un abogado colombiano debidamente apoderado.
Para ello es necesario otorgar un poder, que no requiere formalidades: con la simple firma y copia del documento será suficiente.
Si presentaste la solicitud sin un abogado que te represente, busca un apoderado local que pueda presentar la apelación.
Así que:
NO
intentes responder sin representación legal.
SÍ
Confía en especialistas con experiencia.
Un equipo con experiencia en registro de marcas puede ayudarte a superar la denegación y proteger tu marca.
Ten en cuenta: Después del recurso de apelación, la decisión de la SIC es definitiva, por lo que es importante contar con abogados expertos en la materia.
En OlarteMoure te podemos ayudar en este proceso.
Cualquier duda, ¡contáctanos!