La autoridad peruana de protección al consumidor sancionó recientemente a una importante cadena de retail por incluir una cláusula irregular en su política de cambios y devoluciones que limitaba los derechos de los consumidores.
La decisión se adoptó luego de identificar que la política exigía condiciones excesivas para aceptar cambios o devoluciones, lo que fue considerado contrario al marco de protección al consumidor vigente. La autoridad ordenó la eliminación de dicha cláusula y recordó que las políticas comerciales no pueden imponer requisitos que restrinjan injustificadamente los derechos reconocidos por la ley.
Este pronunciamiento refuerza la obligación de las empresas de revisar cuidadosamente el contenido de sus contratos y políticas internas, especialmente aquellas que regulan procesos sensibles para los consumidores, como las devoluciones, garantías y cambios de productos. La autoridad destacó la importancia de que la información suministrada sea clara, transparente y coherente con la normativa de protección al consumidor.
En el caso colombiano, una práctica similar podría resultar contraria al Estatuto del Consumidor, que prohíbe las cláusulas abusivas y exige que las políticas de cambios y devoluciones respeten los derechos mínimos de los consumidores, sin imponer cargas desproporcionadas o condiciones que vacíen de contenido dichas garantías.

