Demostrar notoriedad de las marcas

28 junio, 2024
notoriedad de las marcas

La oficina de marcas de Perú, INDECOPI, estableció un nuevo precedente sobre la notoriedad de las marcas mediante la Resolución Nro. 0330 de 2024. Esta indica que, si han pasado cinco años desde que se reconoció la notoriedad de una marca, el titular debe presentar pruebas actualizadas para demostrar que la marca sigue siendo notoria.

La resolución surgió a partir de una denuncia de Nike contra un tercero por intentar exportar productos con signos distintivos de la marca Nike. El examinador del caso determinó que Nike debía proporcionar pruebas recientes de la notoriedad de sus marcas. Sin embargo, Nike consideró innecesario presentar nuevas pruebas, por lo que el examinador resolvió que no correspondía evaluar las infracciones reclamadas.

Este precedente rompe con la homogeneidad mantenida por la Comunidad Andina, según la cual la notoriedad de las marcas no tenía un periodo de caducidad específico. Tradicionalmente, las oficinas reconocían notoriedades previas como indicios de notoriedad futura, aceptando que este carácter no se pierde rápidamente. Sin embargo, esta decisión introduce la exigencia de actualizar la notoriedad cada cinco años.

Hay quienes argumentan que este precedente es excesivo, ya que es improbable que las marcas notorias pierdan su estatus en cinco años, considerando que la notoriedad se construye con décadas de presencia en el mercado, inversiones en publicidad y lealtad del consumidor. Requerir la demostración de esta notoriedad cada cinco años podría ser un desafío para las marcas y su percepción en el mercado.

Categories

Archive

Archives

Categories

Archive

Archives