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Transferencias internacionales de datos

Transferencia datos

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expidió la Circular Externa No. 003 de 2025, mediante la cual impartió instrucciones sobre el uso de Cláusulas Contractuales Modelo para la transferencia y transmisión internacional de datos personales. Estas cláusulas, aprobadas por la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), buscan facilitar el cumplimiento normativo y mitigar los riesgos jurídicos asociados al flujo transfronterizo de datos.

La Circular señala que las cláusulas contractuales modelo son un mecanismo facultativo para garantizar la protección de los datos personales cuando el país de destino no cuenta con un nivel adecuado de protección, conforme al artículo 26 de la Ley 1581 de 2012. Asimismo, aclara la diferencia entre transferencia y transmisión internacional de datos personales, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1074 de 2025, y precisa que estas cláusulas operan como una salvaguarda adicional y no sustituyen las obligaciones legales existentes.

Finalmente, la SIC recordó que los responsables y encargados que adopten estas cláusulas deben cumplirlas íntegramente, y que su incumplimiento podrá ser considerado una infracción a las instrucciones de la autoridad. Con esta Circular, la Superintendencia reafirma su rol en la protección de los datos personales, la seguridad jurídica y el fortalecimiento de la economía digital y el comercio internacional en Colombia.

Fuente

23 Ene, 2026

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