El 5 de noviembre de 2025, la Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 16615, mediante la cual modifica parcialmente la Resolución 2328 de 2025, que establece los lineamientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT) aplicable a las empresas del sector transporte.
La nueva Resolución amplía en cinco meses el plazo de implementación del SARLAFT, fijando como fecha máxima el 6 de mayo de 2026 para las empresas que ya cuenten con habilitación o registro ante la autoridad competente. Además, la Circular precisa el alcance de los sujetos obligados, indicando que el sistema aplica a todos los vigilados por la Superintendencia de Transporte, y ajusta las reglas para el reporte de operaciones sospechosas (ROS) y el reporte de ausencia de operación sospechosa (AROS), cuya periodicidad será definida por la UIAF en sus anexos técnicos.
Con estas modificaciones, la Entidad busca facilitar la adopción progresiva del sistema, fortalecer la coordinación interinstitucional y promover una cultura de cumplimiento efectivo en el sector transporte

