El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la acción popular presentada por la Asociación de Propietarios y Conductores de Taxi contra entidades estatales y plataformas como Uber, Didi y Cabify, que buscaba su bloqueo por supuestamente operar de manera ilegal.
La sentencia estableció que la acción popular no puede emplearse para defender intereses gremiales, y destacó principios como la neutralidad tecnológica, los derechos de usuarios y consumidores, y la libertad de empresa. El fallo reconoció que estas plataformas generan beneficios a los usuarios y recordó que las autoridades ya han ejercido control, citando la sanción impuesta por la Superintendencia de Transporte a una de ellas.
Finalmente, el Tribunal invitó al Gobierno a avanzar en una regulación moderna, equilibrada e integral para el sector, priorizando la regulación antes que la prohibición.