Más libertad para elegir con la portabilidad financiera

portabilidad financiera
Con la modificación del Decreto 2555 de 2010 traída por el Decreto 0977 de 2026 se establece un nuevo esquema de portabilidad financiera. Esta medida permite a los consumidores solicitar el traslado de determinados productos financieros a otra entidad vigilada. Su propósito es fortalecer la competencia y facilitar el acceso a mejores condiciones financieras. Así, los consumidores tendrán mayor libertad para elegir dónde mantener sus productos financieros.

El esquema aplica a productos de crédito comercial, de consumo e hipotecario, incluido el leasing habitacional. Además, el proceso de portabilidad no podrá generar costos, sanciones ni cobros adicionales al consumidor. Para iniciar el trámite, el consumidor deberá presentar una solicitud ante la nueva entidad financiera. Esta solicitará la información necesaria y estudiará si acepta o rechaza la solicitud de traslado.

Si la solicitud es aprobada, la nueva entidad deberá presentar una oferta clara, completa y comparable. El consumidor contará con cinco días hábiles para aceptarla o rechazarla. Una vez aceptada, la nueva entidad formalizará el producto y la entidad de origen emitirá el respectivo paz y salvo. De esta manera, el decreto busca facilitar el cambio de entidad y promover un sistema financiero más competitivo.

14 Ago, 2026

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