La Superintendencia de Sociedades impuso una multa de 15 millones de pesos a un centro de convenciones y eventos por no implementar a tiempo el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT), exigido en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica.
Aunque la empresa había adoptado voluntariamente el sistema SARLAFT desde 2014 como medida preventiva, no cumplió con el requisito formal de transición al SAGRILAFT antes del 31 de agosto de 2021. La implementación se realizó el 29 de abril de 2022, con un retraso de ocho meses.
Según la Superintendencia, la infracción no fue meramente formal. La normativa actualizada introdujo cambios sustanciales, como nuevas definiciones, etapas detalladas en la gestión de riesgos, mayores responsabilidades para el Oficial de Cumplimiento, y procedimientos más estrictos de debida diligencia.
No obstante, la autoridad reconoció factores atenuantes. La adopción temprana del SARLAFT permitió a la empresa demostrar una actitud proactiva, con ajustes internos, contratación de proveedores especializados y monitoreo activo de riesgos. Esto llevó a una reducción de la multa inicial, que ascendía a 20 millones de pesos.
La empresa apeló la sanción, pero la decisión fue ratificada en su totalidad.
Este caso resalta la importancia de adoptar marcos sólidos de cumplimiento normativo de manera anticipada, incluso antes de que exista una obligación formal, como estrategia para fortalecer los controles internos y mitigar el riesgo regulatorio.