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Infographic | 11 golfers filed an antitrust complaint against the PGA Tour

Antitrust complaint against the PGA

On june 9th, the PGA tour announced it would suspend 17 players who participated in the inaugural LIV Golf Invitational  Series event, indicating that the players infringed the PGA Tour’s Tournament Regulations.

After this, Phil Mickelson and ten other professional golfers filed a federal antitrust complaint against the PGA Tour, arguing that their professional careers were significantly harmed by being suspended from the PGA Tour due to participating in the LIV Golf Invitational Series.

The complaint argues that the PGA Tour unfairly controls players with anti-competitive restrictions to protect its prolonged monopoly in professional golf.

Anti-competitive practices
claimed by the golfers

According to the complaint, the golfers claimed that the practices of the PGA Tour consist in:

1. Diminishing competition for their services and reinforcing the monopoly power of the PGA Tour on which the golfers sell those services.

2. Denying the income-earning opportunities to the golf players, and tournament performance opportunities.

3. Harming their reputations, goodwill and brands.

 

 

What are these professional golfers seeking in the complaint?

These golfers seek to have their suspensions lifted to compete in the tournaments arranged by the PGA Tour, and economic compensation for the damages created by the decision of the main professional golf tours organization of the United States.

golfer playing
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La economía en Colombia se rige bajo el principio de economía social de mercado, que garantiza la libertad que tienen los particulares para crear empresa dentro del marco de la legalidad, del bien común y del respeto por la libre competencia económica. Bajo este modelo económico, la oferta de los empresarios y la demanda de los compradores son los principales elementos que deben confluir para estructurar los precios de los productos y servicios, con el fin de que el mercado se entienda como un espacio dinámico en el que las distorsiones se eviten al máximo.

No obstante, las dinámicas comerciales y económicas que se presentan por diversos factores, como la escasez de los productos y servicios, la inflación, las necesidades insatisfechas de los consumidores y la producción, dificultan la configuración de una estructura de mercado “perfecta”. Por esta razón, el Estado decide intervenir en la economía con el fin de implementar políticas que equilibren, prevengan o corrijan hechos económicos.

Una de las formas en las que puede intervenir el Estado es a través del “Control y Vigilancia de Precios”, cuyo propósito es el de establecer unas reglas que deben cumplir las empresas con el fin de proteger a los consumidores y la competencia, dentro de un marco de justicia económica.

A continuación, hemos elaborado un ABC del Control y Vigilancia de Precios en Colombia, con aquello que debe saber sobre esta figura y su aplicación.

¿En qué consiste el control y vigilancia de precios?

El Control y Vigilancia de Precios consiste en las atribuciones legales que se les han conferido a las autoridades administrativas para determinar unas pautas en la comercialización de ciertos productos. Dentro de esas autoridades se encuentra la Superintendencia de Industria y Comercio, que a través de la Coordinación del Grupo de Precios de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal ejerce control y vigilancia de los precios establecidos a los productos sometidos a los regímenes de control de precios.

¿Cuáles son los regímenes de control de precios?

Existen tres (3) regímenes del Control y Vigilancia de Precios que regulan sectores de la economía para mantener la disponibilidad de determinados productos y servicios para los consumidores, y evitar los incrementos de precios, para asegurar el acceso a los productos: (i) Libertad Vigilada; (ii) Libertad Regulada; y, (iii) Control Directo.
number one

Libertad Vigilada

En este régimen los productores y distribuidores determinan el precio de los productos de forma libre y autónoma, con la obligación de reportar e informar los precios a la autoridad encargada. La información que se reporta a la autoridad permite definir estrategias de intervención en el mercado.

number two

Libertad Regulada

En este régimen le corresponde a la autoridad encargada fijar los criterios y la metodología para que los productores y distribuidores los acaten y determinen o modifiquen los precios de los productos.

number three

Control Directo

En este régimen la autoridad encargada determina los precios máximos de venta. No es necesario aplicar el control en todo el proceso de comercialización de los productos, por ende, es la autoridad la que define en cuál eslabón de la cadena de producción es aplicable el control.

¿Cuáles son algunas de las autoridades que desarrollan las políticas de control de precios, su aplicación y fijación respecto de los precios de los bienes y servicios sometidos a control?

Las políticas de precios de los bienes sometidos a control se expiden por medio de resoluciones de autoridades administrativas. Entre otras, se encuentran las siguientes:

Ministerio de Salud y Protección Social

Precios de medicamentos y dispositivos médicos.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Productos del sector agropecuario, agroquímicos y leche.

Ministerio de Minas y Energía

Hidrocarburos en general, petróleo y sus derivados, carbón, gas a distribuidores y demás productos mineros.

Ministerio de Transporte

Tarifas del transporte terrestre, urbano y suburbano, de pasajeros y mixto, cuando sea subsidiado por el Estado, las del transporte terrestre intermunicipal e interdepartamental y las del fluvial.

Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)

Tarifas del transporte aéreo nacional.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Espectáculos públicos, productos de la industria manufacturera y algunos servicios de carácter comercial.
Funciones de la SIC en relación con los regímenes de control de precios
Dentro de las actividades que puede desarrollar la Superintendencia de Industria y Comercio se encuentran las siguientes:

Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas sobre control de precios para: (i) agroquímicos [Libertad Vigilada]; (ii) medicamentos [Control Directo y Libertad Vigilada]; (iii) dispositivos médicos [Control Directo y Libertad Vigilada]; (iv) leche [Libertad Vigilada]; y (v) hidrocarburos [Libertad Regulada].

Iniciar investigaciones administrativas por el presunto incumplimiento de las normas de control y vigilancia de precios.
Imponer sanciones por el incumplimiento de las normas de control y vigilancia de precios.
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De acuerdo con cifras de la SIC, en el 2021 se impusieron 516 multas por un valor de COP 8.967´151.620, y a diciembre del 2022 se habían impuesto 314 multas por un valor de COP 10.869´000.000.

Eddie Manotas

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Eddie Manotas

Asociado | Director Inteligencia Estratégica
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